Estas son la reformas de las pensiones en marcha:
El retraso en la edad de jubilación, los cambios en el cálculo de la pensión y el endureciento del acceso al retiro anticipado y parcial son los cambios ya aprobados.
La fórmula para revalorizar las prestaciones y para adecuarlas al envejecimiento de la población está aún pendiente.
Respuesta: En 2011, el Gobierno socialista aprobó –sin los votos del PP- una reforma de pensiones que solo afectaba a las nuevas pensiones que se dieran de alta a partir del 1 de enero de 2013. Para los nueve millones de pensiones existentes antes de esa fecha no existe, a fecha de hoy, ninguna reforma ya aprobada y en vigor que les vaya a afectar.
P. ¿Cómo cambian entonces las nuevas pensiones a partir del 1 de enero de 2013?
R. Las prestaciones que se vienen dando de alta el presente año se calculan ya de distinta forma debido a cuatro cambios fundamentales. En primer lugar, se ha establecido un retraso progresivo de la edad de jubilación, de forma que se pasa desde los 65 años y un mes en 2013 a los 67 años en 2027. No obstante, podrán seguir jubilándose a los 65 años aquellos trabajadores que hayan cotizado 35 años y tres meses. Este requisito también tendrá una aplicación progresiva, pudiéndose jubilar a los 65 años en 2027 solo los que hayan cotizado 38 años y seis meses.
El segundo cambio afecta a los años de cotización que se tienen en cuenta desde el uno de enero de este año para calcular la pensión. Anteriormente eran los 15 últimos años (180 meses) y a partir de enero se suma un año más por cada ejercicio. Así en 2013 se hará el cálculo sobre los últimos 16 años cotizados (192 meses) y así sucesivamente hasta que en 2022 se contabilizarán los últimos 25 años de cotización para calcular la cuantía de la pensión. Este aumento en supondrá un recorte de entre el 7% y el 9% cuando esté plenamente vigente, según cálculos actuariales.
La tercera modificación cambia la denominada escala de aseguramiento. Hasta este año se cobraba la mitad de la base reguladora por los primeros 15 años cotizados y, por cada año adicional, se añadía un 3% de forma que con 25 años cotizados se cobraba el 80% de la pensión. A partir de ahí se añadía un 2% anual más de esa base hasta que con 35 o más años de cotización se conseguía el 100% de la base reguladora. Esta escala también se ha hecho más exigente gradualmente, hasta que en 2027 hará falta haber cotizado 37 años para lograr el 100% de la base reguladora.
P. ¿Y qué cambios hay previstos o vigentes para aquellos que se quieran jubilar antes de los 65 años?
R. El Gobierno aprobó un real decreto, que está vigente desde el pasado 17 de mayo que modificó las condiciones de acceso a la jubilación anticipada y a la parcial; además estableció la compatibilidad entre salario y pensión para aquellos que tienen derecho a cobrar el 100% de la base reguladora por haber cotizado lo suficiente.
La nueva ley vigente en la actualidad diferencia entre jubilación anticipada voluntaria y forzosa. Para esta última la edad de acceso se ha retrasado de 61 a 63 de forma progresiva y acompasada con el retraso de la edad legal de jubilación a los 67 años. Así, siempre será cuatro años antes de la edad legal de retiro en cada momento. Y este año empezará siendo de 61 años y un mes. Los beneficiarios deben ser demandantes de empleo al menos seis meses antes por despido colectivo, objetivo, resolución judicial por concurso o por fuerza mayor.
El periodo de cotización exigido ha pasado de 30 a 33 años. Y hay unos coeficientes penalizadores más duros, estableciendo unos recortes de la pensión por cada trimestre que oscilan entre el 1,875% y el 1,5% en función de los años cotizados.
En cuanto a la jubilación anticipada voluntaria, la edad de acceso se ha retrasado este año a los 65 años también de forma progresiva y acompasada con el retraso de la edad de jubilación a los 67 años. Siempre será dos años antes de la edad legal de retiro.
La pensión que resulte tiene que superar a la pensión mínima que le correspondería al interesado al cumplir los 65 años, para que los coeficientes a mínimos no compensen la penalización de esta pensión. Y los coeficientes penalizadores oscilan entre el 1,625% y el 2% por trimestre que se jubile antes de la edad legal de retiro.
La jubilación parcial se ha retrasado de los 61 a los 65 años con la misma escala de progresividad que la jubilación anticipada voluntaria. Y los años cotizados exigidos pasan de 30 a 33. Se deberá tener una antigüedad de seis años en la empresa y la reducción de jornada del jubilado parcial será de entre el 25% y el 50% (hasta el 75% si el trabajador con contrato de relevo que le sustituya es indefinido). Además, tanto el jubilado como el relevista cotizarán por el 100% de la jornada.
Además, desde el 17 de mayo pasado os trabajadores que hayan cumplido la edad de jubilación y tengan derecho al 100% de la pensión podrán compatibilizar, si siguen trabajando, el salario con el 50% de la pensión.
P. ¿Qué otras reformas están en marcha?
R. La reforma de agosto de 2011, además del retraso de la edad de jubilación y los cambios en la fórmula de cálculo de la cuantía de la prestación, introdujo un elemento nuevo: mandaba al poder Ejecutivo a diseñar un factor de sostenibilidad de las pensiones como mecanismo automático de corrección del gasto en prestaciones originado por el envejecimiento de la población. Según esta ley, dicho factor debía entrar en vigor en 2017 y comenzar a aplicarse cinco años después, en 2032.
Sin embargo, la delicada situación de las cuentas de la Seguridad Social, que podría tener este año un déficit de alrededor de 15.000 millones de euros, ha llevado al Gobierno a acelerar el diseño del factor de sostenibilidad. Su plan es que su diseño quede aprobado este mismo año. Si bien aún no se ha tomado la decisión política sobre el año en el que empezará a aplicarse. Lo primero que ha hecho el Ejecutivo ha sido encargar en mayo, a través del Ministerio de Empleo, un informe a un grupo de doce expertos, para que estos elaboraran una propuesta para la realización de este mecanismo corrector, que sirviera de base para que los grupos parlamentarios, en el Pacto de Toledo, redacten la ley que regulará este factor de sostenibilidad.
Este grupo de sabios hizo público su dictamen el viernes pasado. Proponen dos futuros cambios sobre las pensiones. Uno sobre todas ellas (las actuales y las futuras y otro solo sobre las nuevas que se den de alta a partir de la fecha en la que entre en vigor el factor.
P. ¿Cómo afectarían a los actuales pensionistas los cambios propuestos por los expertos?
R. Cambiaría la fórmula por la que todas las pensiones se revalorizan anualmente. Si se siguiera la propuesta de los sabios, se abandonaría la actualización anual en función del IPC de noviembre y se pasaría a utilizar un nuevo indicador. Este se elaboraría con tres elementos: la tasa media de inflación; los ingresos y gastos del sistema de la Seguridad Social (una vez eliminado el aumento del número de pensiones y la tasa de sustitución de las pensiones que entran, de mayor cuantía, por las que se dan de baja); y el superávit o déficit del sistema en el ciclo económico. Los expertos recomiendan elaborar los dos últimos elementos tomando como ciclo económico un periodo de entre 11 y 13 años (los cinco o seis anteriores al año de la revalorización y las proyecciones los cinco o seis pos).
Esto crearía un indicador móvil que dictaría el nivel de revalorización de las pensiones cada año en los Presupuestos Generales del Estado. Según los expertos, en épocas de crisis podrían congelarse las pensiones, con lo que ese año perderían poder adquisitivo –como ocurrió en 2011- pero este indicador no podría operar un recorte nominal de las prestaciones existentes.
P. ¿Y cómo cambiarían las pensiones futuras con las sugerencias hechas por este grupo de especialistas?
R. La propuesta incluye la introducción de un nuevo parámetro para calcular las nuevas pensiones. Se trataría de un coeficiente para ajustar el gasto al envejecimiento de la población. Según los expertos se establecería una escala según las pensiones que se vayan dando de alta se recortarán alrededor de un 5% cada diez años, a medida que van aumentando las proyecciones de esperanza de vida. Según esto habría dos situaciones en las que se eludiría este recorte: por un lado si la base de cotización media durante esos diez años creciera más de un 5%; o si las proyecciones de esperanza de vida cayeran en lugar de aumentar.
P. ¿Cuándo podrían empezar a aplicarse los cambios que introducirá el factor de sostenibilidad?
R. La recomendación de la mayoría de los expertos es que sea “cuanto antes”, en 2014 a ser posible. Si bien, se trata una decisión de los grupos políticos. Y no es descartable que se pacten distintos momentos para su entrada en vigor, por un lado los cambios del factor de revalorización y por otro los que afectan al envejecimiento de la población.
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